JUVENTUD UNIDA ES EL PRIMER FINALISTA DE LA COPA SÁENZ PEÑA

El Tribunal de Disciplina de la Liga Saenzpeñense de Fútbol dio por concluido el partido semifinal de la Copa “112º Aniversario de Sáenz Peña” que había sido suspendido, clasificando Juventud Unida para la final con un marcador de 2 a 0. Además aplicó la dura sanción de 25 fechas de suspensión para el jugador Antonio Sáez de Unión.

El encuentro se había disputado el 4 de marzo último, cuando concluía la primera parte y el “verdolaga” se imponía 2 a 1 con goles de Walter Marinich y Axel Acosta, luego de que Javier Ramos haya abierto la cuenta. De ahí en más se produjeron reclamos que derivaron en la suspensión del juego y la expulsión de Antonio Sáez, Matías Ávila y Kevin Galarza en el conjunto de la colonia.

Si bien los rumores estaban instalados que el partido no iba a continuar, oficialmente el Tribunal de Disciplina presentó el fallo y ratificó a Juventud Unida como finalista, debiendo aguardar ahora si su rival para definir el campeón será San Lorenzo o Sportivo.

Para emitir dictamen, el ente penalicio tuvo como referencia el Reglamento de Transgresiones y Penas, Reglamento General de la AFA. y de la Liga Saenzpeñense; además del informe y testimonios del árbitro principal Juan Silva y de la asistente N° 1 Elena Caro.

También se menciona como datos que se tuvieron en cuenta el descargo de los jugadores Antonio Sáez, Matías Ávila, Kevin Galarza y Osvaldo Ojeda, además de la consejera Johana Sáez; la naturaleza de las infracciones cometidas; y material probatorio ofrecido por los acusados, entre ellos video sacado del portal Eco Deportivo, captura de pantalla de chat de árbitros.

  El fallo del Tribunal

Mientras expone en los Considerandos que se ha observado los informes arbitrales y los elementos aportados por los infractores, el Tribunal de Disciplina emitió el siguiente fallo:

1) Dar por finalizado manteniendo el resultado, de Cero (0) gol para el Club UNION DE PAMPA ALEGRIA y de Dos (2) goles para el club Juventud Unida, en atención a los previsto por el art. 106 inc. g) R.T.P.-

2) Amonestar al Club Unión de Pampa Alegría a tenor del art. 151 y 106 inc. g. del R.T.P. atento a la naturaleza del hecho protagonizado por el jugador SAEZ ANTONIO DOMINGO en tanto la misma implica una conducta antideportiva de relevancia a los fines de prevenir actos de violencia en los espectáculos deportivos de esta Liga.

3) Sancionar al Jugador SAEZ ANTONIO DOMINGO conforme las previsiones del Art. 184 del Reglamento de Transgresiones y Penas, con la pena de Veinticinco (25) fechas de suspensión en la que no podrá jugar ni ingresar al campo de juego y a los efectos de cuyo cumplimiento no podrán ser computados los partidos de carácter amistoso disputados por su club.

4) Sancionar a los jugadores del Club Unión de Pampa Alegría, los señores AVILA MATIAS; OJEDA OSVALDO Y GALARZA KEVIN con una fecha de suspensión art. 186 R.T.P.

5) Sancionar a la Consejera del Club Unión de Pampa Alegría con la pena de 2 fechas de suspensión art. 186 y 260 del R.T.P.